miércoles, 24 de septiembre de 2014

Abierto el plazo hasta el 1 de octubre para las ayudas al alquiler para personas inquilinas en situación de especial vulnerabilidad


La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha creado una línea de Ayudas al Alquiler para Personas Inquilinas en Situación de Especial Vulnerabilidad, que cuenta con una dotación presupuestaria inicial superior a 4,3 millones de euros, con posibilidad de ampliación, y tiene el objetivo de facilitar el acceso de la población con ingresos limitados a viviendas gestionadas por entidades públicas, subvencionando hasta el 75% del coste del alquiler de la vivienda.

El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante baremación de los requisitos exigidos, como son disponer de un informe de los servicios sociales correspondientes, donde se refleje la situación de especial vulnerabilidad en relación con su composición familiar o la necesidad de vivienda. Además, los ingresos de las personas que lo soliciten no podrán ser superior a 1,5 veces el IPREM.

Por otro lado, la ayuda que se solicita deberá contribuir al pago de las mensualidades del año natural al que se refiere la convocatoria, incluso de contratos ya existentes con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden. Por último, los miembros de la unidad familiar no dispondrán de la titularidad o un derecho real de uso sobre ninguna otra vivienda y que no tengan relación de parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, que tampoco podrá ser su socio o partícipe.

Podrán solicitarse  a través de las entidades colaboradoras que se habiliten para ello, pudiendo funcionar como tales todas aquellas administraciones públicas y sus entes instrumentales, con competencias en materia de vivienda, así como las asociaciones inscritas en el registro andaluz con declaración de utilidad pública.

Mas información:
http://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoyvivienda/servicios/ayudas/detalle/75393.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario